Mediante la Resolución General Conjunta 5005/2021 , del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y la Administración Federal de Ingresos Públicos, se reglamentó la reducción del 100% de las Contribuciones Patronales para las empresas inscriptas en el Programa REPRO II, y que su actividad principal sea considerada «crítica», de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 323/2021 .
Cabe destacar que este beneficio «resultará de aplicación para la generación de las declaraciones juradas (F.931) correspondientes al período devengado mayo de 2021 y siguientes.»
También le informamos que, mediante la Resolución 311/2021 el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación dispuso la adopción de las recomendaciones emitidas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa REPRO II”.
Lo formulado por dicho comité se encuentra se encuentra en el Anexo 1 , estableciendo «variaciones porcentuales de la facturación nominal aplicables como criterio de preselección para el Programa REPRO II» expuestas en la siguiente tabla:
De este modo, la variación de la facturación inferior al -20% en términos reales exigida para los sectores críticos y no críticos y para el Programa de asistencia al trabajo independiente, se traduce en una variación inferior al 69% en términos nominales para el programa.